En 2020 pese a todos los inconvenientes, el miedo y el confinamiento, en algunos aspectos se está trabajando para mejorar la vida de todos.
Para proteger nuestra salud y la de los más vulnerables debemos usar mascarilla, mantener la distancia de seguridad y usar mucho desinfectante.
En el caso de la vivienda, ha sido necesario establecer ciertas medidas a través de reales decretos.
Durante el estado de alarma no podíamos realizar visitas a inmuebles y después, las visitas se realizan con tantas precauciones que solo aquellos que tenían mucha prisa por cambiar de vivienda han realizado visitas. Como no era buen momento para buscar piso de alquiler ni de organizar mudanzas, el Real Decreto Ley 11/2020 del 31 de marzo, creó una prórroga extraordinaria para los contratos de arrendamiento de vivienda habitual. Ese Real Decreto establecía que se podía solicitar la prórroga hasta 2 meses una vez finalizado el estado de alarma.
Esa medida se mostró insuficiente y el pasado 7 de julio el Gobierno aprobó una modificación del plazo para solicitar la prórroga, esto se firmó en el Real Decreto ley 26/2020 mediante el cual, es posible acogerse a la prórroga extraordinaria de 6 meses, manteniendo las mismas condiciones del contrato que tenga en vigor.
¿Cuáles son los requisitos para solicitar la prórroga extraordinaria?
Si el contrato de arrendamiento finaliza entre el 2 de abril y el 30 de septiembre de 2020, podrá solicitarse la prórroga extraordinaria siempre que.
- El arrendatario presente la solicitud, ya que si no lo solicita no es obligatorio extender el contrato.
- El contrato cumpla el requisito de fecha de vencimiento, la prórroga será de un máximo de 6 meses ya que pueden acordar un período más corto.
- No todos los contratos pueden acogerse a la prórroga extraordinaria, solo aquellos que sean posteriores al 1 de enero de 1995. No está claro el supuesto de que el arrendador necesite la finca para su uso personal o de sus familiares. En esta situación entendemos que el arrendatario no podrá solicitar la prórroga extraordinaria.
Si tu contrato de alquiler vence antes del 30 de septiembre y necesitas solicitar la prórroga extraordinaria, ven a las oficinas de Casal Inmobiliaria para que te ayudemos a preparar toda la documentación.