Cuando alguien se decide a comprar un inmueble, tiene que contar con ciertos ahorros previos y calcular cuánto puede costarle finalmente la compra de ese inmueble, ya que además del precio de la vivienda que se vaya a comprar, también tendrá que asumir los gastos derivados de esa compra, así como los impuestos correspondientes. Si además va a adquirir la vivienda a través de un préstamo hipotecario, también tendrá que tener en cuenta los gastos derivados de la hipoteca.
Dentro de estos gastos que tiene que asumir el comprador, quizás los más importantes sean los impuestos, que dependerán del tipo de inmueble que vaya a adquirir, es decir, si se trata de una vivienda nueva o de una vivienda de segunda mano, así como de la comunidad donde se ubique el inmueble.
En Casal te explicamos cuáles son los impuestos que tiene que asumir el comprador de una vivienda, y te ayudamos a gestionar y tramitar todo el proceso de compraventa para que puedas conseguir tu objetivo con todas las garantías.
Vivienda nueva: impuestos
Si se adquiere una vivienda nueva, corresponde pagar el IVA, que en este caso es igual para todo el territorio español, y que asciende a un 10% para todas las viviendas con carácter general y a un tipo reducido del 4% para viviendas de protección oficial.
Vivienda de segunda mano: impuestos
Si se adquiere una vivienda de segunda mano, corresponde el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados.
En el caso de estos dos impuestos, sí que existen diferencias entre las comunidades. En Asturias en concreto, el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales asciende a entre un 8% y un 10% de carácter general y hay un tipo reducido al 3% para las viviendas de protección oficial.
Con respecto al Impuesto de Actos Jurídicos Documentados, es importante resaltar que este impuesto tiene dos cuotas:
- Una cuota fija para todo el territorio nacional, con referencia al papel timbrado en el que se obtienen todos los documentos notariales y cuyo coste es de 0,30€ por pliego y 0,15€ por folio.
- Una cuota gradual o variable, que en este caso sí que depende de la Comunidad Autónoma, y que en el caso de Asturias, corresponde a un tipo general del 1,20% y a un tipo reducido del 0,3% para beneficiarios de ayudas económicas de la administración.
El pago de los impuestos al comprar una vivienda también depende de si se trata de una vivienda nueva o de segunda mano y se pagan en diferentes momentos de la transacción:
- Para una vivienda nueva se abonará el IVA y el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados, con su cuota fija y su cuota variable en el momento de la compraventa. Si se solicita hipoteca, habrá que pagar de nuevo el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados, también con ambas cuotas la fija y la variable.
- Para una vivienda de segunda mano, se abonará el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales junto con la cuota fija del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados en la compraventa. Y si te solicita hipoteca, habrá que abonar las dos cuotas (fija y variable) del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados.
Hay que tener en cuenta que tras la entrada en vigor de la Ley Hipotecaria en 2019, la entidad bancaria tiene que hacerse cargo del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados para la formalización de la hipoteca.
Para poder hacer frente tanto a los impuestos como los gastos derivados de la compraventa, entre los que se incluyen: gastos del Registro de la Propiedad y gastos de Notaría, así como otros gastos adicionales en el caso de que contratemos una gestoría para tramitar la documentación y gestionar la liquidación de los impuestos o una agencia inmobiliaria para hacer la compra de la vivienda, lo habitual es contar con entre un 10% y un 12% más de ahorros del coste de la vivienda.
Asimismo, y si vamos a solicitar hipoteca, hay que tener en cuenta que la mayoría de las entidades bancarias sólo conceden el 80% del valor de tasación, por lo tanto, también hay que tener en cuenta ese 20% adicional.